REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

11:56 p.m. 27/04/2007

JUZGADO DE EPMS
CIUDAD
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA)
004
CALI (VALLE)
25/11/2011
NUMERO UNICO DE RADICACIÓN
Municipio
Corporación
Cod. Sala
Cons. Despacho
Año
No. Radicación
Recurso
76001
40
04
023
2006
00847
00
1. DATOS DEL PROCESO
AUTORIDAD REMITENTE CIUDAD
AUTORIDADES QUE CONOCIERON FISCALIA 54 LOCAL 758344- -
FISCALIA 2 DELEGADA ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR 758344- -
JUZGADO 23 PENAL MUNICIPAL 2006-00847- -
JUZGADO 1 PENAL MUNICIPAL DE DESCONGESTION
2006-00847- -
JUZGADO 12 PENAL DEL CIRCUITO 2006-00847- -
PENAS ACUMULADAS NO No. CONDENADOS 1 TOTAL PRESOS 0 PRESOS A CARGO JEPMS 0
Cuadernos
#1
#2
#3
#4
#5
#6
#7
#8
#9
#10
#11
#12
#13
#14
#15
Folios 30
2.DATOS DE LA SENTENCIA

SENTENCIA ANTICIPADA NO

INSTANCIA FALLADORA
FECHA (DD/MM/AAAA)
EJECUTORIA
cdno y folios
FECHA DE LOS HECHOS
3. CLASE DE PROCESO
Contra la familia 8009
4. OBSERVACIONES

Fecha Salida:26/11/2013,Oficio:J4-6287 Enviado a: - 001 - PENAL - MUNICIPAL - CALI (VALLE)
------ o -------

 

ACTUACIONES DEL PROCESO
FECHA TIPO ACTUACIÓN ANOTACIÓN CUADERNO FOLIO
26/11/13 Despacho OrigenFecha Salida:26/11/2013,Oficio:J4-6287 Enviado a: - 001 - PENAL - MUNICIPAL - CALI (VALLE)01115
03/10/13 ComunicacionesYH - PAT Nº 201
27/09/13 Traslados EjecutoriaYH - ESTADO 27/09/2013 INT Nº 1266 1109
06/09/13 Auto extingue condenaEXTINGUIR la pena impuesta a JOSE HUGO DUQUE REYES, en sentencia No. 045 adiada el 31 de mayo de 2011, proferida por el Juzgado Primero Penal Municipal de Descongestión local, NO HAY CAUCION PARA DEVOLVER1107
05/09/13 Al Despacho con Extinción Penaoacl pasa con memorial del abogado del condenado1103
12/03/13 Archivo principaloacl pasa a la espera que se acerque el condenado a reclamar el oficio de Migracion Colombia1100
12/03/13 CumplimientoYH1100
07/03/13 Traslados EjecutoriaYH - ESTADO 06/03/2013 1100
27/02/13 Auto levanta prohibición salida del paísNEGAR la extinción de la pena impuesta a JOSE HUGO DUQUE REYES, por el Juzgado Primero Penal Municipal de Descongestión local, en sentencia No. 045 del 31 de mayo de 2011, AUTORIZAR la salida del País del condenado JOSE HUGO DUQUE REYES, con destino a las Repúblicas de Venezuela y Panamá, siempre y cuando no se haya prohibido en otro asunto su salida del territorio nacional y cumpla con los requisitos administrativos que se exigen para tal fin, autorización que se hace efectiva a partir de la ejecutoria de esta determinación, por el término de un (1) mes, debiendo comparecer y aportar a este estrado judicial los soportes respectivos, conforme a los razonamientos antes descritos. 197
19/02/13 Al Despacho con otras solicitudesYH - SALIDA DEL PAIS190
31/07/12 Archivo principalYH - SE DEVUELVE EL PROCESO ORI AL JUZGADO 23 PM, SE OFICIA A LA QUERELLANTE, PASA AL ARCHIVO182
18/07/12 Envio expediente Centro de Servicios1º) Cítese a la querellante JENNIFER SOLARTE ALEGRIA, residente en la Carrera 68 No. 13 B - 61 Apto. 401 Bloque B de Cali, para hacerle entrega de la suma de $566.700,oo por concepto de perjuicios morales, monto representado en el título judicial No. 469030001297233 del 1º de junio de 2012. 2º) Devuélvase el expediente original facilitado en préstamo, constante de un (1) cuaderno con 264 folios útiles, al Juzgado 23 Penal .Municipal de Depuración de Cali. 279
17/07/12 A despachooacl pasa las presentes diligencias con el cuaderno original solicitado por el despacho para lo pertinente2264-78
12/07/12 Cumplimientooacl se solicita al juzgado 023 penal municipal el cuaderno original178
03/07/12 Traslados EjecutoriaYH - INT. 1040 14/06/2012 - ESTADO DEL 2-06-2012- SI NO SE INTERPONE RECURSO QUEDA EJECUTORIADO 28-06-2012, LUEGO PASA A CUMPLIMIENTO. 177
19/06/12 Constancia Secretarialredy, para lo pertinente pasa a Ministerio Pùblico. 176
14/06/12 Auto que revocaREVOCAR la decisión judicial adoptada en auto interlocutorio No. 883 adiado el 18 de mayo de 2012, y disponer que JOSE HUGO DUQUE REYES continúe gozando del beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena otorgado en sentencia No. 045 del 31 de mayo de 2011, proferida por el Juzgado Primero Penal Municipal de Descongestión local. el Despacho advierte al condenado JOSE HUGO DUQUE REYES que deberá continuar cumpliendo con las restantes obligaciones que adquirió cuando suscribió la diligencia de compromiso el pasado 9 de abril de 2012. Disponer la comparecencia de la querellante JENNIFER SOLARTE ALEGRIA, para hacerle entrega de la suma de $566.700,oo por concepto de perjuicios morales, representada en el título judicial desmaterializado No. 469030001297233 del 1º de junio de 2012.173
06/06/12 Constancia Secretarialoacl se glosa memorial del apoderado168
31/05/12 Traslados EjecutoriaYH - INT. 883 18/05/2012 - ESTADO DEL 31-05-2012- SI NO SE INTERPONE RECURSO QUEDA EJECUTORIADO 05-06-2012, . 163
18/05/12 Revoca condena de ejecución condicional160
11/05/12 A despachooacl pasa para estudio de revocatoria157
16/04/12 Traslado Artículo 486 CPPoacl por no pago de perjuicios157
10/04/12 Envio expediente Centro de ServiciosSUSCRI ACTA DE COM PP 2 AÑOS SE CANCELA ORDEN DE CAPTURA 002 5 DE ENERO DE 2011 Y SE INICIA EL TRAMITE 486155
09/04/12 A despachoDML-CAPTURADO A DISPOSICION VIA FAX POLICIA SAN JOSE DE CUCUTA/YESID1
14/03/12 Inventario Acuerdo PSAA11-8868 de 2011JGB4
12/01/12 Archivo principalYH - SE LIBRA OFICIO AVOCA, PASA AL ARCHIVO138
04/01/12 Auto avocando conocimientoAVOCASE el conocimiento de la ejecución de la sentencia condenatoria proferida por el juzgado Primero Penal Municipal de descongestión de la ciudad de Cali, en contra de JOSE HUGO DUQUE REYES en la que se le condenó a la pena principal de VEINTICUATRO (24) MESES DE PRISION al encontrarlo penalmente responsable del delito de INASISTENCIA ALIMENTARIA, fallo modificado en por el juzgado doce penal del circuito en el sentido de no condenar a pagar perjuicios materiales, concediéndole el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena con un periodo de prueba de dos (2) años y caución prendaría por valor de $ 100.000,oo. Revisada la actuación procesal allegada, se observa que el sentenciado no ha comparecido a suscribir diligencia de obligaciones, como tampoco ha cancelado la caución por lo que se ordena que a través del centro de servicios administrativos se cite al sentenciado (a) para que cumpla las exigencias formales para materializar el subrogado penal y se dispo135
28/11/11 DespachoA DESPACHO PARA AVOCAR135
25/11/11 RepartoProceso Repartido en el grupo :ASUNTOS VARIOS SIN PRESO el dia : 25/11/2011 08:02:20130
CONDENADOS
NOMBRE DEL CONDENADONo.IDENTIFICACION
JOSE HUGO - DUQUE REYES16656449 (ver información?)