REPUBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

11:56 p.m. 27/04/2007

JUZGADO DE EPMS
CIUDAD
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA)
011
CALI (VALLE)
8/1/2025
NUMERO UNICO DE RADICACIÓN
Municipio
Corporación
Cod. Sala
Cons. Despacho
Año
No. Radicación
Recurso
76001
60
00
193
2024
01459
00
1. DATOS DEL PROCESO
AUTORIDAD REMITENTE CIUDAD
AUTORIDADES QUE CONOCIERON JUZGADO 25 PENAL MUNICIPAL DE GARANTIAS 76-001-60-00193-2024-01459-00- -
JUZGADO 10 PENAL MUNICIPAL DE CONOCIMIENTO 76-001-60-00193-2024-01459-00- -
FISCALIA 83 SECCIONAL 76-001-60-00193-2024-01459-00- -

.
.
PENAS ACUMULADAS NO No. CONDENADOS 1 TOTAL PRESOS 1 PRESOS A CARGO JEPMS 0
Cuadernos
#1
#2
#3
#4
#5
#6
#7
#8
#9
#10
#11
#12
#13
#14
#15
Folios 04
2.DATOS DE LA SENTENCIA

SENTENCIA ANTICIPADA NO

INSTANCIA FALLADORA
FECHA (DD/MM/AAAA)
EJECUTORIA
cdno y folios
FECHA DE LOS HECHOS
3. CLASE DE PROCESO
Contra el patrimonio econòmico 8014
4. OBSERVACIONES

MAQM.Estado 25/11/2025. Ejecutoria auto interlocutorio No. 3071 del 14/11/2025 vence el 28/11/2025
------ o -------

 

ACTUACIONES DEL PROCESO
FECHA TIPO ACTUACIÓN ANOTACIÓN CUADERNO FOLIO
16/12/25 Traslados EjecutoriaMAQM.Estado 25/11/2025. Ejecutoria auto interlocutorio No. 3071 del 14/11/2025 vence el 28/11/2025sgdesgde
19/11/25 Auto concediendo redenciónIHS-Auto Inter No. 3071 del 14/11/25 Conceder a favor de BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, redención de pena equivalente a 2 meses y 7.3 días por actividades de trabajo intramural conforme a las consideraciones sentadas en precedencia. Declarar que a la fecha el sentenciado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, abona entre tiempo físico y redención de pena 1 año, 10 meses y 8.3 días, faltándole por descontar de la pena impuesta 9 años, 11 meses y 2 días, teniendo como fecha probable de cumplimiento de pena sin más redenciones el día 16 de Octubre de 2035, salvo que disminuya tiempo con redención penalSGDESGDE
17/10/25 DespachoNVBD, SE PASA A DESPACHO SOLICITUD REDENCION DE PENA CON DOCUMENTOS, SE CARGA EN SGDE. EE
04/08/25 Traslados EjecutoriaMAQM.Estado 08/08/2025. Ejecutoria auto interlocutorio No. 0271 del 24/08/2024 vence el 12/08/2024sgdesgde
28/07/25 Auto negando acumulaciòn de penasA. Chica: Mediante Auto Inter. No. 1883 del 23 de julio de 2025. Resuelve: NEGAR por improcedente la ACUMULACIÓN JURÍDICA DE PENAS invocada por el señor BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, tal como quedó expuesto en la parte motiva de esta providencia.
21/05/25 Traslados EjecutoriaMAQM.Estado 28/04/2025. Ejecutoria auto interlocutorio No. 927 del 08/04/2025 vence el 02/05/2025sgdesgde
15/05/25 CumplimientoNVBD, SE GLOSA AL EXPEDIENTE CUMPLIMIENTO AUTO DE SUSTANCIACIÓN No. 0607 DEL 28/04/2025. EE
30/04/25 Auto niega petición del condenadoDFUM. Se carga en SGD auto sustan. 0607 del 28/04/2025 que dispuso: El ajusticiado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, indica en su escrito que solicita Acción de Revisión de su sentencia, amparado en el numeral 7° del artículo 192 del Código de Procedimiento Penal, argumentando que no se le concedió tiempo para poder indemnizar a la víctima y obtener así una rebaja de su condena. Sin embargo, vemos que la causal que invoca procede cuando mediante pronunciamiento judicial, la Corte haya cambiado favorablemente el criterio jurídico que sirvió para sustentar la sentencia condenatoria, tanto respecto de la responsabilidad como de la punibilidad y en el presente caso, con meridiana claridad se observa, que no ha habido cambio del criterio jurídico con el que se sustentó la sentencia y mucho menos en lo referente a la indemnización a la víctima, atendiendo que la queja del ajusticiado va dirigida a que no se le otorgó el tiempo suficiente para poder conseguir los recursos e indemnizar a la víctim
21/04/25 DespachoNVBD, SE PASA A DESPACHO ACCIÓN DE REVISIÓN DE CONDENA, SE CARGA EN SGDE. EE
21/04/25 Auto avocando conocimientoMBG_Inter N° 927 del 8/04/2025 AVOCAR conocimiento de la ejecución de la sentencia emitida en contra de BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO. En orden a establecer tiempo descontado por el sentenciado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, se tiene en consideración que el mismo se encuentra privado de la libertad desde el 13 DE MARZO DE 2024 (Primera Instancia/C02J025, N° 1) por cuenta de este sumario, indicativo de que a esta calenda (8 de Abril de 2025) completa un descuento total de 1 año y 25 días, faltándole por descontar de la pena impuesta 10 años, 8 meses y 15 días, teniendo como fecha probable de cumplimiento de pena sin redenciones, el día 23 de Diciembre de 2035
29/01/25 EXPEDIENTE SGDEAQD* Pasa a despacho para avocar. (Expediente en SGDE).EE
08/01/25 RepartoProceso Repartido en el grupo :ASUNTOS VARIOS CON PRESO el dia : 08/01/2025 09:41:41104
CONDENADOS
NOMBRE DEL CONDENADONo.IDENTIFICACION
BRAYAN ALEXIS - HURTADO CASTRO1106512245 (ver información?)