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REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD |
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11:56 p.m. 27/04/2007
JUZGADO DE EPMS |
CIUDAD |
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA) |
011 | CALI (VALLE) |
11/12/2023 |
| NUMERO UNICO DE RADICACIÓN |
Municipio |
Corporación |
Cod. Sala |
Cons. Despacho |
Año |
No. Radicación |
Recurso |
76001 |
60 |
00 |
000 |
2023 |
01014 |
00 |
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1. DATOS DEL PROCESO
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| AUTORIDAD REMITENTE | CIUDAD |
| AUTORIDADES QUE CONOCIERON | JUZGADO 9 PENAL MUNICIPAL GARANTIAS | 76 001 60 00193 2023 03914- - |
| FISCALIA 24 LOCAL | 76 001 60 00000 2023 01014- - | |
| JUZGADO 7 PENAL MUNICIPAL | 76 001 60 00000 2023 01014- - | |
| . | ||
| . |
| PENAS ACUMULADAS | NO | No. CONDENADOS | 2 | TOTAL PRESOS | 1 | PRESOS A CARGO JEPMS | 0 |
| Cuadernos |
#1 |
#2 |
#3 |
#4 |
#5 |
#6 |
#7 |
#8 |
#9 |
#10 |
#11 |
#12 |
#13 |
#14 |
#15 |
| Folios | 21 |
| 2.DATOS DE LA SENTENCIA
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| SENTENCIA ANTICIPADA NO |
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| INSTANCIA FALLADORA |
FECHA (DD/MM/AAAA) |
EJECUTORIA |
cdno y folios |
| FECHA
DE LOS HECHOS |
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3. CLASE DE PROCESO
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| Contra el patrimonio econòmico | 8014 |
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4. OBSERVACIONES
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| MAQM. Mediante auto interlocutorio no, 1883 del 23/07/2025 el Juzgado 11 EPMS de Cali resolvió negar la acumulación jurídica del presente proceso con el radicado No. 76001600019320240145900 respecto al Señor BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO
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ACTUACIONES DEL PROCESO
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| FECHA | TIPO ACTUACIÓN | ANOTACIÓN | CUADERNO | FOLIO |
| 04/08/25 | Cumplimiento | MAQM. Mediante auto interlocutorio no, 1883 del 23/07/2025 el Juzgado 11 EPMS de Cali resolvió negar la acumulación jurídica del presente proceso con el radicado No. 76001600019320240145900 respecto al Señor BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO | EE | EE |
| 28/07/25 | Auto negando acumulaciòn de penas | A. Chica: Mediante Auto Inter. No. 1883 del 23 de julio de 2025. Resuelve: NEGAR por improcedente la ACUMULACIÓN JURÍDICA DE PENAS invocada por el señor BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, tal como quedó expuesto en la parte motiva de esta providencia. | ||
| 17/07/25 | Despacho | NVBD, SE PASA A DESPACHO SOLICITUD ACUMULACION DE PENAS, SE CARGA EN ONE DRIVE. | EE | |
| 20/03/25 | Traslados Ejecutoria | MAQM. Ejecutoria auto interlocutorio No. 1599 del 17/10/2024 vence el 28/03/2025 | EE | EE |
| 20/11/24 | Resuelve memorial | MBG_Sust N° 1002 del 07/11/2024 A Despacho las diligencias con memorial signado por el sentenciado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, mediante el que solicita se le conceda el sustituto de la prisión domiciliaria, de conformidad con el artículo 38G del Código Penal al considerar que cumple con el lleno de los requisitos para tal fin. Infórmesele al sentenciado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, que no es posible atender su solicitud de prisión domiciliaria conforme al artículo 38G del Código Penal, por cuanto según se evidencia en el sistema SISIPEC del INPEC, no se encuentra privado de la libertad a órdenes de este Despacho Judicial sino del Juzgado 25 Penal Municipal de Cali, dentro del proceso radicado bajo la partida N° 2024-01459.Vayan las presentes diligencias al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de esta Especialidad, para lo de su cargo. | ||
| 05/11/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI INPEC No. 2024EE0240104 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 05/11/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI INPEC No. 2024EE0235234 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 28/10/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO MEMORIAL DEL INPEC INFORMANDO QUE HA SIDO FINALIZADO EL SERVICIO DE VIGILANCIA ELECTRONICA DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 17/10/24 | Auto concediendo redención | >>declarar el recurso “desierto” o “extemporáneo” al no hacerlo dentro del término legal. CUARTO: Vayan las presentes diligencias al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de esta Especialidad, para que se proceda a la notificación del presente proveído a los sujetos procesales. | ||
| 17/10/24 | Auto concediendo redención | TOA, MEDIANTE AUTO INTER N° 1599 DEL 17 DE OCTUBRE DE 2024, EL DESPACHO:PRIMERO: Conceder a favor de JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE, redención de pena equivalente a 2 meses y 17 días por actividades de trabajo y estudio intramural, conforme a las consideraciones sentadas en precedencia.SEGUNDO: Declarar que a la fecha el señor JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE, abona entre tiempo físico y redención de pena 1 año, 7 meses y 9 días, restándole por purgar 7 meses y 21 días, teniendo como fecha probable de cumplimiento de pena el día 8 de Junio de 2025, salvo que disminuya tiempo con redención penal.TERCERO: Contra la presente providencia proceden los recursos de ley, los cuales deberán ser interpuestos dentro de los 3 días siguientes a su notificación y SUSTENTADOS POR ESCRITO exponiendo las razones de inconformidad de la misma dentro de los 2 días siguientes a la ejecutoria de la decisión si es de reposición o dentro de los 4 días siguientes si es de apelación. De no sustentar, se procederá | ||
| 17/10/24 | Auto concede libertad condicional | >>SUSTENTADOS POR ESCRITO exponiendo las razones de inconformidad de la misma dentro de los 2 días siguientes a la ejecutoria de la decisión si es de reposición o dentro de los 4 días siguientes si es de apelación. De no sustentar, se procederá a declarar el recurso “desierto” o “extemporáneo” al no hacerlo dentro del término legal.QUINTO: Vayan las presentes diligencias al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de esta Especialidad, para que se proceda a la notificación del presente proveído a los sujetos procesales. | ||
| 17/10/24 | Auto concede libertad condicional | >>producirá plenos efectos en el evento de no encontrarse el ajusticiado requerido por otra autoridad en razón a asunto diferente. TERCERO: Con la firma del presente auto, el señor JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE se compromete durante el periodo de prueba que le queda en 7 meses y 21 días, a las siguientes obligaciones de conformidad al artículo 65 del Código Penal, teniendo como fecha de cumplimiento de la pena el 8 de Junio de 2025:1) informar todo cambio de residencia2) Observar buena conducta3) Reparar los daños ocasionados con el delito4) Comparecer personalmente ante la autoridad judicial, cuando fuere requerido para ello5) No salir del país sin previa autorización.Es de anotar que en caso de incumplimiento de las obligaciones antes indicadas le ocasionará la pérdida del beneficio concedido y se procederá a ejecutar la pena.CUARTO: Contra la presente providencia proceden los recursos de ley, los cuales deberán ser interpuestos dentro de los 3 días siguientes a su notificación y | ||
| 17/10/24 | Auto concede libertad condicional | TOA, MEDIANTE AUTO INTER N°1600 DEL 17 DE OCTUBRE DE 2024, EL DESPACHO:PRIMERO: CONCEDER al condenado JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE, la LIBERTAD CONDICIONAL, conforme lo prevé el artículo 64 del Código Penal, modificado por el canon 30 de la Ley 1709 de 2014, de conformidad a lo analizado en la parte motiva de este proveído. SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, corresponde a la Dra. MARÍA LORENA SERRANO AGUILAR, Directora del Centro de Reclusión Villahermosa de Cali, Valle, dejar en LIBERTAD CONDICIONAL al señor JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE, identificado con Cédula de Ciudadanía N° 1.007.609.276, respecto de la pena de 2 año y 3 meses de prisión, fijada por el Juzgado 7° Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle, mediante Sentencia N° 083 de Noviembre 30 de 2023, al haber sido hallado penalmente responsable del delito de Hurto Calificado y Agravado. Entiéndase la presente orden con efectos de libertad bajo el consecutivo N° 126 con la advertencia que la misma>> | ||
| 17/10/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO DOCUMENTOS DEL INPEC PARA ESTUDIO DE REDENCION DE PENA Y LIBERTAD CONDICIONAL A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 15/10/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI-INPEC No. 2024EE0231495 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 04/10/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI INPEC No. 2024EE0209987 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 04/10/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI-INPEC No. 2024EE0209336 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 19/09/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI-INPEC No. 2024EE0209987 A FAVOR DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 18/09/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI-INPEC No. 2024EE0209987 DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 11/09/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO INFORME NOVEDAD CERVI-INPEC DEL CONDENADO JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. | E | E |
| 16/08/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO OFICIO DEL INPEC DONDE DA RESPUESTA A SOLICITUD DE DOCUMENTOS PARA ESTUDIO DE PRISION DOMICILIARIA DEL CONDENADO BRAYAN HURTADO CASTRO. | E | E |
| 16/08/24 | Traslados Ejecutoria | MAQM. Ejecutoria auto interlocutorio No. 0977 del 31/07/2024 vence el 26/08/2024 | EE | EE |
| 12/08/24 | Concede Prisión domiciliaria | INT. 977 DEL 31/07/2024 CONCEDER el sustituto de Prisión Domiciliaria de que trata el artículo 38G de la Ley 1709 de 2014, al sentenciado JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE, la cual garantizará con la notificación del presente auto, obligándose al cumplimiento de las exigencias de que trata el artículo 38B del Código Penal, Entiéndase la presente orden con efectos de traslado a prisión domiciliaria bajo el consecutivo N° 021.DCQC | ||
| 09/08/24 | A despacho | KJC. PASA A DESPACHO SOLICITUD DE DOMICILIARIA CON ARRAIGOS A FAVOR DEL CONDENADO BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO. | E | E |
| 26/07/24 | Cumplimiento | RAHQ* SE REALIZA CUMPLIMIENTO AL AUTO SUSTANCIATORIO No. 0468, SE INFORMA AL SEÑOR BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO | E | E |
| 16/07/24 | Traslados Ejecutoria | MAQM. Ejecutoria auto interlocutorio No.550 del 28/05/2024 vence el 23/07/2024 | EE | EE |
| 13/07/24 | A despacho | RAHQ* PASA A DESPACHO RECORDATORIO DE SOLICTUD DE DOMICILIARIA A FAVOR DE BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO | E | E |
| 09/07/24 | Auto avocando conocimiento | KLOV - Auto Interlocutorio No. 0550 del 28/05/2024 - RESUELVE: PRIMERO: AVOCAR conocimiento de la ejecución de la sentencia emitida en contra de BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO Y JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE. SEGUNDO: En consecuencia, líbrese la respectiva comunicación ante la Directora del Centro de Reclusión Villahermosa de esta ciudad. TERCERO: Infórmesele a los condenados que correspondió a este Despacho vigilar la ejecución de la pena a ellos impuesta en los términos antedichos. CUARTO: Remítase las presentes diligencias ante el Juzgado Juzgado 7° Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle, a fin de que de ser procedente realice la modificacion pertinente en cuanto a la identificacion del señor JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE por cuanto en el acta de audiencia preliminar como en el SISIPEC del INPEC aparece que el número de la cédula de ciudadanía es 1.007.609.276 y por el contrario en la sentencia aparece identificado con el numero 1.107.609.276. | E | |
| 08/07/24 | Abstiene de Resolver memorial | KLOV - Auto Sustanciatorio No. 0468 del 05/07/2024 - DISPONE: Infórmesele al sentenciado BRAYAN ALEXIS HURTADO CASTRO, que no es posible atender su solicitud de prisión domiciliaria conforme al artículo 38G del Código Penal, por cuanto según se evidencia en el sistema SISIPEC del INPEC, no se encuentra privado de la libertad a órdenes de este Despacho Judicial sino del Juzgado 25 Penal Municipal de Cali, dentro del proceso radicado bajo la partida N° 2024-01459. Infórmesele que una vez sea dejado a disposición de las presentes diligencias, se entrará a estudiar si es derechoso al sustituto solicitado. Vayan las presentes diligencias al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de esta Especialidad, para lo de su cargo. | E | |
| 27/06/24 | A despacho | RAHQ* PASA A DESPACHO SOLICTUD DE PRISION DOMICILIARIA CON ARRAIGOS A FAVOR DE JUAN CAMILO ESTUPIÑAN AGUIRRE | E | E |
| 04/06/24 | A despacho | AFVG....Pasa a despacho con solicitud de libertad condicional por parte de hurtado | E | E |
| 08/03/24 | Despacho | JEF, pasa a despacho solicitud información de juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali por el condenado JUAN CAMILO - ESTUPIÑAN AGUIRRE, se carga one-drive | EE | |
| 11/01/24 | EXPEDIENTE ELECTRONICO | E | 26 | |
| 11/12/23 | Reparto | Proceso Repartido en el grupo :ASUNTOS VARIOS SIN PRESO el dia : 11/12/2023 03:34:45 | 1 | 21 |
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CONDENADOS
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| NOMBRE DEL CONDENADO | No.IDENTIFICACION |
|---|---|
| BRAYAN ALEXIS - HURTADO CASTRO | 1106512245 (ver información?) |
| JUAN CAMILO - ESTUPIÑAN AGUIRRE | 1107609276 (ver información?) |