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REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PUBLICO CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA JUZGADOS DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD |
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JUZGADO DE EPMS |
CIUDAD |
FECHA RECIBO (DD/MM/AAAA) |
011 | BOGOTA D.C. |
// |
| NUMERO UNICO DE RADICACIÓN |
Municipio |
Corporación |
Cod. Sala |
Cons. Despacho |
Año |
No. Radicación |
Recurso |
11001 |
31 |
87 |
011 |
2026 |
00076 |
00 |
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1. DATOS DEL PROCESO
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| AUTORIDAD REMITENTE | CIUDAD |
| AUTORIDADES QUE CONOCIERON | . | |
| . | ||
| . | ||
| . | ||
| . |
| PENAS ACUMULADAS | NO | No. CONDENADOS | 1 | TOTAL PRESOS | 0 | PRESOS A CARGO JEPMS | 0 |
| Cuadernos |
#1 |
#2 |
#3 |
#4 |
#5 |
#6 |
#7 |
#8 |
#9 |
#10 |
#11 |
#12 |
#13 |
#14 |
#15 |
| Folios |
| 2.DATOS DE LA SENTENCIA
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| SENTENCIA ANTICIPADA NO |
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| INSTANCIA FALLADORA |
FECHA (DD/MM/AAAA) |
EJECUTORIA |
cdno y folios |
| FECHA
DE LOS HECHOS |
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3. CLASE DE PROCESO
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| Tutela | 8015 |
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4. OBSERVACIONES
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| Tipo Salida: TEMPORAL, Fecha Salida:19/06/2026,Oficio:6377 Enviado a: - 008 - PENAL ESPECIALIZADO - CORTE CONSTITUCIONAL - BOGOTA D.C.. EN CUMPLIMIENTO DEL AUTO DEL 18/06/2026 SE REMITE ACCION DE TUTELA A LA CORTE CONSTITUCIONAL PARA SU EVENTIAL REVISION ///// LEAC
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ACTUACIONES DEL PROCESO
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| FECHA | TIPO ACTUACIÓN | ANOTACIÓN | CUADERNO | FOLIO |
| 19/06/26 | Envio Tutela Corte Constitucional | Tipo Salida: TEMPORAL, Fecha Salida:19/06/2026,Oficio:6377 Enviado a: - 008 - PENAL ESPECIALIZADO - CORTE CONSTITUCIONAL - BOGOTA D.C.. EN CUMPLIMIENTO DEL AUTO DEL 18/06/2026 SE REMITE ACCION DE TUTELA A LA CORTE CONSTITUCIONAL PARA SU EVENTIAL REVISION ///// LEAC | DIGITAL | DIGITAL |
| 09/06/26 | Decisiòn | Exhortar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte a fin de que remita el oficio SNR2026EE-163029-1 del 29 de mayo de 2026 al correo electrónico señalado en la demanda de tutela este es abogadageomacle@gmail.com. // JNVV | ||
| 09/06/26 | Fallo de Tutela | Negar el amparo solicitado conforme a lo indicado en la parte considerativa, evidenciándose la configuración de la carencia actual de objeto por hecho superado, dentro de la acción de tutela presentada por Geomacle Torres Lozano apoderada judicial del Condominio Campestre Hacienda la Luna P.H, en contra de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte. // JNVV | ||
| 03/06/26 | Decisiòn | Teniendo en cuenta que dentro de la acción constitucional de la referencia, se hace necesario vincular al Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá, se dispone: 1. Vincular al presente tramite tutelar al Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá para que en el término de un (1) día hábil contado a partir del recibo del oficio se pronuncie respecto a los hechos y pretensiones reseñadas en el escrito tutelar. Se advierte que, de no recibirse respuesta dentro del término fijado, se tendrán por ciertos los hechos expuestos por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991. 2. Comunicar a la accionante la presente determinación. // JNVV | ||
| 03/06/26 | INGRESO SOLICITUD POR CORREO INSTITUCIONAL | En la fecha se allega respuesta por parte de la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Bogota, sede Norte, en atencion al requerimiento realizado por el Despacho. // JNVV | ||
| 02/06/26 | Notificación por el medio más eficaz accionante y demandados o accionados | Mediante correo electronico institucional se notifica requerimiento de la fecha a la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos sede Norte, acusando recibido y anexandose en el expediente. // JNVV | ||
| 02/06/26 | Decisiòn | Se advierte, que no se recibió respuesta dentro del término fijado, por parte de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte - Superintendencia de Notariado y Registro. Por lo anterior: 1. Requierase a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte al correo electrónico ofiregisbogotanorte@supernotariado.gov.co para que en el término de cinco (5) horas contado a partir del recibo del oficio se pronuncie de los hechos y pretensiones reseñadas en el escrito tutelar. 2. Comunicar la presente determinacion a la accionante. // JNVV | ||
| 01/06/26 | INGRESO SOLICITUD POR CORREO INSTITUCIONAL | El dia 29/05/2026 se allega respuesta a la accion de tutela por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro. // JNVV | ||
| 27/05/26 | Notificación por el medio más eficaz accionante y demandados o accionados | En la fecha se notifica auto por medio del cual se avocó conocimiento de la presente acción constitucional. // JNVV | ||
| 27/05/26 | AUTO AVOCANDO Y ORDENANDO PRACTICA PRUEBAS | Avocar conocimiento de la acción de tutela interpuesta por Geomacle Torres Lozano apoderada judicial del Condominio Campestre Hacienda la Luna P.H., en contra de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte - Superintendencia de Notariado y Registro. En consecuencia, se dispone adelantar el trámite correspondiente ordenando: Correr traslado de la demanda y sus anexos a la entidad accionada, para que en el término de un (1) día hábil contado a partir del recibo del oficio se pronuncie de los hechos y pretensiones reseñadas en el escrito tutelar. // JNVV | ||
| 27/05/26 | Radicación de Proceso | Actuación de Radicación de Proceso realizada el 27/05/2026 a las 15:14:19 |
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CONDENADOS
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| NOMBRE DEL CONDENADO | No.IDENTIFICACION |
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| SUPERINTENDENCIA - DE NOTARIADO Y REGISTRO | 899999007 (ver información?) |